Formulario de Matrícula ISDELL
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
INSTITUTO SUPERIOR DE LOS LLANOS
En cumplimiento de las leyes de la República de Panamá en materia educativa y comercial, para asegurar el derecho a la educación privada con calidad y excelencia.
DECLARACIÓN DE LAS PARTES
Entre los suscritos, INSTITUTO SUPERIOR DE LOS LLANOS, institución panameña, inscrita en el Registro Público a Ficha 468325, Tomo 2004, Asiento 153935, Sección de Persona Mercantil; debidamente aprobada para su funcionamiento por el Ministerio de Educación de la República de Panamá, mediante Resuelto Nº 3952 de 22 de diciemb re de 2009; asistida en este acto por su Presidente y Representante Legal: ANA MERCEDES ALVARES FRANCO, mujer, mayor de edad, panameña, cédula Nº 8-854-571, con domicilio en Barriada Cuarto Centenario, casa 84, Corregimiento de El Coco; y por la otra parte EL ESTUDIANTE, que iniciará la carrera en el trimestre en curso; celebramos el presente contrato bajo las siguientes cláusulas:
CLÁUSULAS CONTRACTUALES
I. OBJETO Y VERACIDAD
PRIMERA: Ambas partes acuerdan suscribir este Contrato de Prestación de Servicios Educativos Privado con función social, con el fin de impartir y recibir formación para obtener un Certificado de Culminación de Estudios.
SEGUNDA: EL ESTUDIANTE declara que toda la información personal, títulos, créditos y documentos suministrados mediante formulario son veraces.
TERCERA: EL ESTUDIANTE opta por estudios de PREMEDIA O MEDIA, comprometiéndose a cumplir con los contenidos curriculares y costos.
CUARTA: La vigencia de este contrato será de TRES (3) MESES, o la duración del trimestre matriculado.
II. COMPROMISOS FINANCIEROS
QUINTA: EL ESTUDIANTE se compromete al pago puntual bajo las siguientes condiciones:
Suscripción de una letra de cambio por cada mensualidad.
Pago dentro de los primeros diez (10) días del mes corriente.
Recargos: El pago fuera de plazo genera un recargo del 10% mensual. Deudas vencidas generan un interés del 2% mensual.
Resolución: El incumplimiento de tres (3) mensualidades dará por resuelto el contrato y se remitirá al Departamento Legal.
III. POLÍTICAS DE RETIRO Y REEMBOLSO
SEXTA: Todo retiro debe notificarse por escrito. Se aplicará:
Cobro de mensualidades vencidas.
Penalidad: Dos mensualidades si no hay notificación oficial.
Reembolsos: 90% de mensualidades no vencidas (si pagó por adelantado). Matrícula, seguro, módulos y laboratorios no son reembolsables.
IV. OBLIGACIONES DEL INSTITUTO
SÉPTIMA: Brindar servicio educativo con profesores idóneos y mantener costos invariables durante la carrera.
OCTAVA: El Instituto se reserva el derecho de modificar horarios o calendario por fuerza mayor.
V. NORMAS INSTITUCIONALES Y DE CONDUCTA
NOVENA: EL ESTUDIANTE se obliga a cumplir estrictamente lo siguiente:
Uniforme: Asistencia obligatoria con el uniforme institucional.
Académico: Adquisición de módulos antes de clases y aprobación de materias (será retirado si reprueba 3 asignaturas seguidas).
Conducta: Prohibido el uso de celulares en clase y el ingreso bajo efectos de alcohol o drogas. No se permite el ingreso de familiares sin autorización.
Trámites: Costo de créditos provisionales (B/.5.00) y oficiales (B/.15.00).
VI. AUTORIZACIÓN Y CONFORMIDAD
DÉCIMA: Se autoriza al INSTITUTO a consultar el historial crediticio y reportar información de pago a agencias correspondientes.
DÉCIMA PRIMERA: EL ESTUDIANTE admite haber autenticado su firma ante notario y manifiesta total acuerdo con las cláusulas.

