INSTITUTO SUPERIOR DE LOS LLANOS
En cumplimiento de las leyes de la República de Panamá en materia educativa y comercial, para asegurar el derecho a la educación privada con calidad y excelencia.
Entre los suscritos, INSTITUTO SUPERIOR DE LOS LLANOS, institución panameña, inscrita en el Registro Público a Ficha 468325, Tomo 2004, Asiento 153935, Sección de Persona Mercantil; debidamente aprobada para su funcionamiento por el Ministerio de Educación de la República de Panamá, mediante Resuelto Nº 3952 de 22 de diciembre de 2009; asistida en este acto por su Presidente y Representante Legal: ANA MERCEDES ALVARES FRANCO, mujer, mayor de edad, de nacionalidad panameña, cédula Nº 8-854-571, con domicilio en BARRIADA CUARTO CENTENARIO, casa 84, Corregimiento de El Coco; EL ESTUDIANTE, que iniciará la carrera en el trimestre en curso del año en curso; celebramos el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL INSTITUTO y EL ESTUDIANTE, ambas partes contratantes, acuerdan suscribir y cumplir este Contrato de Prestación de Servicios Educativos Privado con función social, a efecto de impartir por un lado y recibir por el otro, una formación que le permita egresar con un CERTIFICADO DE CULMINACIÓN DE ESTUDIOS.
SEGUNDA: EL ESTUDIANTE declara que la información personal suministrada al INSTITUTO, mediante formulario firmado, y los títulos, créditos y demás documentos son verdaderos.
TERCERA: EL ESTUDIANTE opta por los estudios de PREMEDIA O MEDIA, comprometiéndose a cumplir con los contenidos curriculares y cubrir los costos correspondientes.
CUARTA: Este contrato tendrá una vigencia de TRES MESES, o el tiempo de duración del trimestre que matricula el estudiante.
QUINTA: EL ESTUDIANTE se compromete a pagar por los servicios la suma estipulada, en mensualidades respaldadas por letras de cambio.
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Suscribirá una letra de cambio por cada mensualidad establecida.
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El pago debe hacerse dentro de los primeros diez (10) días del mes corriente. El pago fuera de plazo genera un recargo del 10% mensual.
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El incumplimiento de tres (3) mensualidades da por resuelto el contrato y remite el expediente al Departamento Legal.
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Se cobrará un interés del 2% mensual sobre deudas vencidas.
SEXTA: En caso de retiro, deberá hacerse por escrito. Se cobrará:
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Las mensualidades vencidas hasta el momento del retiro.
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Dos mensualidades como penalidad si no se notifica oficialmente.
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Se reembolsará el 90% de mensualidades no vencidas si pagó por adelantado.
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No se reembolsará matrícula, seguro, módulos ni laboratorios.
SÉPTIMA: EL INSTITUTO se obliga a:
OCTAVA: EL INSTITUTO puede modificar horarios o calendario por fuerza mayor sin liberar al estudiante de sus obligaciones.
NOVENA: EL ESTUDIANTE se compromete a cumplir las normativas institucionales:
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Asistir con el uniforme del Instituto.
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Participar en actividades extracurriculares.
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Pagar daños al patrimonio del Instituto.
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Pagar B/.5.00 por créditos provisionales y B/.15.00 por créditos oficiales.
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Será retirado si reprueba tres asignaturas seguidas.
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Debe tener su módulo antes del inicio de clases.
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No se permite uso de celulares en clases ni su responsabilidad.
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Prohibido ingresar bajo efectos de alcohol o drogas.
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No se permite ingreso de familiares sin autorización.
DÉCIMA: EL ESTUDIANTE autoriza al INSTITUTO a consultar su historial crediticio y enviar información de pago a las agencias correspondientes.
DÉCIMA PRIMERA: EL ESTUDIANTE admite haber autenticado su firma ante notario y estar de acuerdo con todas las cláusulas del contrato.
* Acepto que mis datos enviados se recopilen y almacenen. Para obtener más detalles sobre el manejo de los datos del usuario, consulte nuestra Política de privacidad.